El Registro de Importadores Agropecuarios (RIMPA) es una herramienta de control destinada a la aplicación de facilidades y políticas comerciales en beneficio del sector agropecuario.
Objetivo
Garantizar la gestión de licencias y contingentes arancelarios para realizar solicitudes de importación. Facilitar el comercio y control estadístico, relacionando el código RIMPA con trámites aduaneros y sanitarios. Agilizar los trámites internos del Ministerio de Agricultura en materia de comercio exterior y asegurar el cumplimiento de los acuerdos comerciales. Categorizar a los importadores agropecuarios a nivel nacional en grandes, medianas y pequeñas empresas.
A importadores de productos agropecuarios a nivel nacional, aplicable tanto a personas físicas como jurídicas.
Departamento de Permisos de Importación de Productos Agrícolas
Tel.:
(809) 547-8888 Ext. Ext. 1081/6071 | Correo:
[email protected]
Dirección:
Dirección: Km. 6 1/2 Autopista Duarte, Los Jardines del Norte, Santo Domingo, D.N., República Dominicana
Personas Jurídicas: Registro Mercantil vigente. Certificación de Inscripción RNC vigente (DGII). Notificación de la DGII demostrando estar al día con obligaciones tributarias. Nómina de Presencia de Socios o Accionistas vigente. Permiso o Registro Sanitario vigente (MISPAS). Certificación de la TSS al día (en caso de que aplique). Certificación Empresarial MIPYME (MICM) o, para empresas grandes, un Certificado de Proindustria u otra certificación gubernamental que lo avale.
Personas Físicas: Copia de la cédula de identidad o copia de Registro Mercantil vigente. Copia de la certificación de inscripción en el RNC (DGII). Permiso o Registro Sanitario vigente (MISPAS). Certificación de la TSS al día (en caso de que aplique).
Todos los solicitantes deben llenar el formulario de registro en SIDIAGRO a través del enlace: https://rimpa.sidiagrodigital.com/
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Horario de prestación
Lunes a Viernes 8:00 am. a 4:00 pm.
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Costo
No tiene costo
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Tiempo de realización
Tendra un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación oficial, fuera de este plazo no prodrán registrarse
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Canal de Prestación
Presencial/Linea/Telefónica
Nota:
Se considerará que una solicitud corresponde a una grande empresa cuando el solicitante no cumple ninguno de los requisitos de clasificación establecidos en la Ley No. 187-17, sobre el Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.