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Noticias

viernes 21, junio 2013
Agricultura prohibe la importación de camarones de Países Asiáticos

SANTO DOMINGO.- El ministro de Agricultura, Luis Ramón Rodríguez, prohibió  la importación  de camarones en cualquier fase de desarrollo y presentación (congelados, crudos, precocidos, cocidos,  entre otras), desde China, Malasia, Vietnam, Tailandia, Bangladesh y México.

El funcionario informó que la suspensión, tomada mediante resolución No. 52-2013, se debe al brote en los mencionados países de la enfermedad conocida como Síndrome de Mortalidad Temprana del Camarón o Síndrome de Necrosis Hepatopancreática Aguda (EMS y AHPNS por sus siglas en inglés, respectivamente), cuya aparición fue reportada por la Organización Regional Internacional de Sanidad Agropecuaria (Oirsa).

Rodríguez informó que la medida exceptúa las importaciones de camarones que se realiza de Estados Unidos «y otros países cuyo orígenes este debidamente certificado y su certificado sanitario garanticen que estén libres de  EMS.

Además, que la entrada al país de dicha enfermedad pondría en riesgo los cultivos de camarones, debido a su alta morbilidad y mortalidad.

El ministro Rodríguez destacó que se han tomado las medidas preventivas de lugar para evitar la entrada del EMS al territorio nacional.

Indico que con la disposición se toma en cuenta las recomendaciones hecha por Oirsa en el Programa Regional de Vigilancia Epidemiológica, que suscribe también la Organización del Sector Pesquero y Acuícola del Itsmo Centroamericano (Ospesca) y los países miembros del Sistema de Integración Centroamericano (Sica), del cual el país es miembro.

El funcionario encargó al Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca) de hacer cumplir la prohibición de las importaciones de camarones de los países mencionados, ya que la entidad es la responsable de las actividades pesqueras y acuícolas del país y parte integral del Sector Agropecuario Nacional.

El ministro informó que serán permitidas las importaciones de camarones de todos los demás países asiáticos, siempre que sean acompañadas del Certificado Sanitario que garantice que están libres de la enfermedad del EMS o AHPNS.

La medida está amparada en la Ley No. 307-04 de Pesca y Agricultura, que establece medidas eficaces para evitar la extinción de determinadas especies marinas, la garantía de los alimentos y proteger la salud de los consumidores.